Denegado el recurso de reposición del Comité de Empresa del Albacete Balompié

El pasado 1 de Abril, el Juzgado de lo Social nº1 de Albacete, acordó no admitir la personación en el llamado "caso Ferrando" del Comité de Empresa del Albacete Balompié. Contra este auto, los representantes de los trabajadores, a través del letrado Julián Pérez Charco presentaron recurso de reposición preparatorio a recurso de queja.

Con fecha de ayer 27 de Abril de 2009, el magistrado Miguel Angel Cuervas-Mons Martínez emitió un auto desestimando tal recurso y calificando de "interpretación subjetiva" la que en el citado recurso se incluía sobre el término "titular de interés legítimo" que para si se adjudicaba el Comité de Empresa. De igual forma recuerda a los recurrentes que: "el Comité de Empresa ni es un corporación, ni es una asociación ni tiene entre sus competencias la intervención o personación en procedimientos judiciales que afecten a los trabajadores de la empresa"

Resuelto este extremo, los trabajadores del Albacete tienen la posibilidad de presentar Recurso de Queja ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha en un plazo de diez días.